La deuda de las Administraciones Públicas españolas
Domingo Hernanz Tudela
Interventor y Auditor del Estado
En anteriores colaboraciones se han comentado diversos aspectos sobre la contabilidad nacional de las administraciones públicas españolas, con énfasis especial en el cálculo de la capacidad o necesidad de financiación (déficit público).
Como continuación de lo anterior, hoy vamos a mencionar y a analizar brevemente un documento que hace pocos días ha publicado el Banco de España, y que permite dar con la piedra que es clave de bóveda de las finanzas de las Administraciones Públicas Españolas.
Concretamente es el punto número 7 incluido en las páginas 20 y 21 del resumen metodológico relativo a las cuentas financieras de la economía española, 1980-2011.
Por su importancia, vamos a reproducir textualmente los tres primeros párrafos y el cuadro 4 que le acompaña (se recuerda que PDE significa Protocolo de Déficit Excesivo).
“Bajo la denominación de deuda pública, se pueden inscribir distintos conceptos, delimitados por los instrumentos incluidos, por sus métodos de valoración y por la naturaleza de quien detente la deuda. El concepto de deuda pública más amplio posible es el del conjunto de los pasivos de las Administraciones públicas de las Cuentas Financieras de la Economía Española. Este concepto comprende la totalidad de los pasivos contraídos por las Administraciones públicas, independientemente de su naturaleza (emisión de moneda, valores distintos de acciones, participaciones, préstamos, créditos comerciales y otras obligaciones pendientes de pago) y de quién sea el agente que tenga en cartera dicha deuda. En cuanto a la valoración de los instrumentos, este concepto se caracteriza por utilizar los precios de mercado en la valoración de los saldos y flujos de los pasivos representados en valores distintos de las acciones.
Otras características de los pasivos totales de las Administraciones públicas que recogen las Cuentas Financieras son que los préstamos y los créditos deben registrarse por la parte dispuesta, y que los pasivos en moneda extranjera deben convertirse a moneda nacional aplicando el tipo de cambio del día al que se refiera la estadística (fin de mes, fin de trimestre, etc.).
El concepto de Deuda de las Administraciones Públicas según el PDE no es tan amplio como el anterior, ya que no incluye los créditos comerciales ni otras cuentas pendientes de pago, ni tampoco la parte de deuda pública emitida que esté en poder de otras Administraciones públicas. Además, en cuanto a la valoración de los instrumentos, todos sus saldos deben registrarse por su valor nominal.”
¿A qué se debe la diferencia?
Básicamente, son pasivos que tienen su contrapartida como activo en otra Administración Pública.
Siguiendo el orden del cuadro, las principales partidas son: la deuda pública en poder del fondo de reserva de la Seguridad Social, el antiguo préstamo del Estado a la Seguridad Social que está pendiente de cancelar, las deudas de las Administraciones Públicas con sus proveedores y otras obligaciones pendientes de pago y, por último, las deudas por IRPF y Seguridad Social de las propias Administraciones públicas.
Desde mi punto de vista, este cuadro muestra el verdadero volumen de deuda al que debe hacer frente el conjunto de las Administraciones Públicas españolas y al que habrá que sumar la cuantía final que resulte del apoyo financiero comunitario para el saneamiento del sistema financiero español y la nueva deuda que se vaya generando a lo largo del presente ejercicio.
Parte de estos pasivos que hemos mencionado anteriormente se convertirán en deuda según el PDE, como consecuencia del acogimiento de las CCAA y CCLL al Real Decreto-Ley de pago a proveedores, ya que estas Administraciones suscriben un préstamo con el Fondo de pago a proveedores.
Administración Pública, Comunidades Autónomas, Estabilidad Presupuestaria, Sistema financiero español




Muchas gracias Domingo por aclararnos puntos como este y empezar a entender ciertos asuntos. Aunque entiendo que el pago a proveedores (como las farmaceúticas) era necesario, también me parece que esto no nos beneficia nada en cuanto al cumplimiento de los objetivos de deuda.